Dado a los inconvenientes vehiculares que se ocasionan por la descarga y carga de camiones frente a empresas o comercios de la ciudad, informaron acerca de las normativas que avalan dichos procedimientos.
De acuerdo al Decreto Nro. 6264, del 4 de octubre de 1978, las operaciones de carga y descarga de los vehículos de mayor porte pueden realizarse en calles Posadas, Ugarteche, Tibiletti, Almafuerte, República de Chile, San Lorenzo, San Martín, Lucas Piris, Martín Reibel, Galarza, J.J Millán.
Asimismo, en toda su extensión por Boulevard Yrigoyen, por Avenida Balbín, por Uncal y Lauría (Tránsito Pesado), por Suipacha, Acceso J.J Bruno y por Acceso Rodríguez Artusi. Todas las operaciones no comprendidas entre estas arterias deben efectuarse sobre mano derecha durante las 24 horas del día.
En tanto, el artículo 1 del Decreto Nro. 6264 establece que las operaciones de carga y descarga sobre mano derecha podrán realizarse únicamente de 01.00 a 10.00 horas, de 12.30 a 16.00 horas en invierno y hasta las 17.00 horas en verano.
En cambio, el artículo 4 del Decreto 6177 dispone que el horario de descarga o carga sobre mano izquierda será de 01.00 a 07.00 horas.
En este sentido, el Decreto Nro. 6177 del 23 de mayo de 1978 establece en el artículo 1 la prohibición de la circulación y estacionamiento de vehículos con capacidad mayor a 4000 kg de carga, cargados o vacíos y de tractores dentro del radio pavimentado de la ciudad.
Por otra parte, indicaron que el nuevo pavimento es un tema de ocupación y preocupación para las autoridades. Además, por sugerencia de los constructores viales, es deseable evitar las maniobras operativas, no así el tránsito siempre y cuando se respeten las cargas.
Asimismo, falta la implementación de una playa de maniobras que opere como centro de transferencia.