sábado, septiembre 7, 2024
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    Aplicarán multas de hasta un millón de pesos en Entre Ríos a quienes se nieguen al test de alcoholemia

    La decisión se tomó después de que la Policía de Entre Ríos informara a las autoridades del Poder Ejecutivo sobre la frecuencia con que los conductores se niegan a someterse a las pruebas en los operativos de control, especialmente en los puestos camineros.

    Un decreto firmado por el gobernador Rogelio Frigerio dispone la aplicación de la pena máxima a los conductores que se nieguen a realizarse el test de alcoholemia. La negativa será sancionada con multas de entre 500 mil y 1 millón de pesos, más la inhabilitación para manejar por un plazo de entre uno y dos años. También será retenido el vehículo y la licencia.

    La decisión se adoptó luego que desde la Policía de Entre Ríos se advirtiera a las autoridades del Poder Ejecutivo que son usuales los casos de conductores que se niegan a realizarse la prueba en los diversos operativos de control, especialmente en los puestos camineros.

    Hasta el dictado de este nuevo decreto, a quien se negara se le aplicaba una pena menor. Ahora se dispuso que la negativa sea considerada una presunción legal de alcoholemia positiva y se aplique la pena máxima.

    “La reticencia a ser sometido al procedimiento para la detección de alcohol en sangre debe ser penada con una multa de 500 a 1000 UF, la retención preventiva de la licencia de conducir del presunto infractor, la inhabilitación para conducir por un plazo de uno a dos años y la retención del vehículo y su remoción de la vía pública, se indica en el decreto Nº 1.1773, con fecha 16 de julio y firmado por Frigerio y por el ministro de Seguridad, Néstor Roncaglia.

    UF significa “unidades fijas” y su valor se calcula en función del precio de un litro de nafta.

    “Si un conductor había tomado y lo agarraban en un control, le era más conveniente negarse al test. Eso es lo que se busca subsanar con este nuevo decreto”, se explicó desde el Ministerio de Seguridad.

    El nuevo decreto es, en rigor, una modificación a uno anterior que reglamentó la Ley Nacional de Tránsito y la ley provincial de adhesión.

    “La negativa del supuesto infractor a someterse al control debe ser considerada como un accionar grave, por cuanto no solo constituye una desobediencia a la autoridad, sino que además es un peligro para la población toda, considerando la grave incidencia que tiene adjudicado el consumo de alcohol en los accidentes de tránsito”, se indica en los fundamentos. Fuente: El Día

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