El 13 de noviembre de 2020, Carlos Iván Caminos, un jurado popular encontró culpable a Carlos Iván Caminos del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en el homicidio de Milton Luna, el 25 de abril de 2020.
Se trataba el primer veredicto de culpabilidad, dictado en un proceso de juicio por jurado popular, que se llevó a cabo en Entre Ríos.
En tanto, el 25 de noviembre de 2020, el juez técnico, Pablo Vírgala, resolvió imponerle la pena de 22 años y 6 meses de prisión efectiva.
Luego que se le impusiera la condena, Caminos se fugó hasta ser hallado en Paraná, más de un mes después de la sentencia. El sujeto fue detenido, el 16 de diciembre de 2020, cuando se encontraba oculto en la Villa 351 de la capital entrerriana.
Ahora, se dio a conocer que la Cámara de Casación Penal de Paraná, integrada por las vocales Marcela Badano; Marcela Davite y el vocal Gustavo Pimentel, resolvió anular la sentencia dictada el 25 de noviembre de 2020 en la causa “Caminos Carlos Iván S/Homicidio agravado por el uso de arma de fuego S/ Recurso de Casación”, emanada por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, indicaron desde el servicio de información del STJ.
Además, la Cámara de Casación Penal de Paraná, ordenó reenviar la causa a origen, a los fines de que un Tribunal debidamente integrado, reedite los actos pertinentes, y se dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a Derecho.